Casos prácticos del Complemento por jubilación demorada con la reforma de 2022
Complemento por jubilación demorada. ¿Qué es?
¿Como afecta la reforma de este 2022 al cálculo del complemento de demora?
Vamos a mostrar tres ejemplos prácticos del cálculo de una pensión de jubilación con complemento de demora por la prolongación de la vida laboral del trabajador/a más allá de la edad ordinaria de jubilación.Jubilación demorada
Ejemplo práctico Nº1
Primer caso del Complemento por jubilación demorada
Trabajador/a con 3 años de prolongación de la vida laboral, pero sin que la base reguladora este por encima del tope de pensión ni, aunque se sume el porcentaje de demora.
Vamos a centrarnos en el detalle del cálculo.
Jubilación demorada. Caso práctico 1
Prolongar la vida laboral a este trabajador/a le ha supuesto: 444,10 € de incremento en su pensión de jubilación.Jubilación demorada
Ejemplo práctico Nº2
Segundo caso del Complemento por jubilación demorada
En este caso, estudiaremos un trabajador/a con 3 años de prolongación de la vida laboral y que llega sobradamente al tope de pensión.
- Trasladando todo lo comentado anteriormente a los cálculos vemos que la mejora de la pensión de ese trabajador/a por haber demorado su jubilación hasta los 69 años es de: 3270,25 – 2819,18 = 451,07 € de incremento en su pensión de jubilación.
Jubilación demorada. Caso práctico 2
En resumen, prolongar la vida laboral a este trabajador/a le ha supuesto: 451,07 € de incremento en su pensión de jubilación.Jubilación demorada
Ejemplo práctico Nº3
Tercer caso del Complemento por jubilación demorada
Por último, estudiaremos un tercer caso, que es el que puede dar más complicaciones para entender su cálculo, en este supuesto el trabajador/a no llega con su vida laboral a la edad ordinaria a ser beneficiario/a del tope máximo de pensión, pero si que lo consigue aprovechando una parte del porcentaje adicional de demora.
» Una cantidad que se obtendrá aplicando al importe máximo vigente en cada momento el porcentaje adicional no utilizado para determinar la cuantía de la pensión, redondeado a la unidad más próxima por exceso. La citada cantidad se devengará por meses vencidos y se abonará en catorce pagas. La suma de su importe y el de la pensión o pensiones que tuviera reconocidas el interesado, en cómputo anual, no puede superar la cuantía del tope máximo de la base de cotización vigente en cada momento, también en cómputo anual.
Texto extraído de la web de la seguridad social www.seg-social.es
- Al dividir el tope máximo de pensión por nuestra base reguladora, sabemos el porcentaje que necesitaríamos para llegar ese tope máximo, en este caso: 2819,18 / 2910,75 = 96,85 %
- Con la vida laboral del trabajador/a su porcentaje de cotización es del 90,88, con lo que restando el necesario de este porcentaje de cotización obtenemos el porcentaje de demora que necesitaremos para llegar al tope máximo: 96,85 – 90,88 = 5,97 %
- Como el trabajador/a prolongando su vida laboral puede beneficiarse de 12% de demora tiene un exceso de: 12 – 5.97 = 6,03 % de porcentaje de demora no utilizado, y su unidad por exceso más cercana es el 7.
- Con lo que aplicando este 7% sobre el tope máximo de pensión obtenemos una mejora en la pensión de jubilación de: 2819,18 * 7% = 197,34 €
- Para una pensión definitiva de 2819,18 + 197,34 = 3.016,52 €
- Con las mismas bases, pero reduciendo su vida laboral hasta su edad ordinaria de jubilación en 2018, el trabajador/a hubiera percibido una pensión de 2.268,22 € con lo que la demora de la jubilación hasta los 69 años le ha repercutido en: 3016,52 – 2268,22 = 748,30€ de mejora en su pensión de jubilación.
Jubilación demorada. Caso práctico 3
En resumen, prolongar la vida laboral a este trabajador/a le ha supuesto: 748,30€ de mejora en su pensión de jubilación."Conoce
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